Publicada la orden de convocatoria de subvenciones para la ejecución de proyectos de cooperación para el desarrollo en el exterior promovidos por los agentes de cooperación
En el DOG de 8 de mayo de 2017 se ha publicado la Orden de 26 de abril de 2017, de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la ejecución de proyectos de cooperación para el desarrollo en el exterior promovidos por los agentes de cooperación
El objeto de la orden es establecer el marco normativo que regula la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de la Xunta de Galicia en materia de cooperación al desarrollo, para los siguientes tipos de proyectos:
- proyectos en el exterior ejecutados por las organizaciones no gubernamentales de cooperación al desarrollo (ONGD)
- proyectos en el exterior ejecutados por los otros agentes de cooperación reconocidos por la Ley 3/2003, de 19 de junio, de cooperación para el desarrollo (universidades, empresas, sindicatos, fundaciones, comunidades gallegas, etc)
La convocatoria de ayudas para proyectos de cooperación en el exterior ven publicándose desde el año 1995. La convocatoria tiene carácter bianual (2017-2018), y será financiada con un importe total de 3.012.500 euros, un 26,44% mas que en la convocatoria del año anterior, conforme la siguiente distribución:
- Proyectos en el exterior de ONGD: 2.637.500 € (1.055.000 € en el año 2017 y 1.582.500 € en el 2018).
- Proyectos en el exterior de otros agentes: 375.000 € (150.000 € en el año 2017 y 225.000 € en el 2018).
Los proyectos que podrán optar la estas subvenciones son los proyectos en el exterior ejecutados por las ONGD; proyectos en el exterior ejecutados por los otros agentes de cooperación, como universidades, empresas, sindicatos, fundaciones y comunidades gallegas, entre otras; y las agrupaciones de cualquiera de las entidades anteriores.
Los proyectos que opten la estas subvenciones no podrán estar iniciados antes de 1 de enero del 2017, siendo necesario que el inicio de las actividades sea en el año 2017. Las entidades solicitantes deben tener abierta su sede en Galicia y podrán financiarse dos proyectos individuales o en agrupación a las ONGD y uno a los otros agentes, de los que uno de ellos debe ser ejecutado en alguno de los países considerados prioritarios en el III Plan Director de la Cooperación Gallega. Con la finalidad de conseguir una mayor redistribución de los fondos, el importe máximo de la subvención concedida la cada ONGD no podrá ser superior al 10% del total de la dotación de la convocatoria para este tipo de agente.
Esta convocatoria se enmarca en el III Plan Director de la Cooperación Gallega 2014-2017, aprobado por el Parlamento de Galicia. En la búsqueda de dar cumplimiento a los objetivos previstos en el Plan Director, el gobierno gallego sigue manteniendo su compromiso de cooperar con otros países para propiciar su desarrollo integral, contribuir a la mejora de las condiciones de vida de sus habitantes, y aliviar y corregir las situaciones de pobreza para conseguir un desarrollo humano sostenible. De este modo, se apuesta por una mayor eficacia y calidad de la política gallega de cooperación, una cooperación más selectiva, de mayor impacto y presencia, concentrada geográfica y sectorialmente, que redundará en una mayor visibilidad de la Cooperación Gallega. Galicia va a cooperar en sectores en los que puede ofrecer experiencia y conocimientos específicos, como es el caso de la pesca.
El plazo de presentación de solicitudes de ayudas finaliza el 8 de junio de 2017.