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Convenio de colaboración entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y las Comunidades Autónomas de Galicia, La Rioja, Madrid y Murcia para la programación conjunta en materia de Acción Humanitaria

El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración de las partes firmantes en materia de acción humanitaria y, de manera específica, el establecimiento de las finalidades específicas de dicha colaboración, así como los compromisos financieros asumidos por las mismas, para la consecución de los objetivos del Convenio Marco de colaboración para la articulación, coordinación y complementariedad de la cooperación descentralizada con la Secretaría General de Cooperación Internacional el Desarrollo (SGCID).

Para una mayor calidad e impacto de las actuaciones en el ámbito de la acción humanitaria y de emergencia es precisa la máxima coordinación entre los agentes que la financian y la llevan a cabo. En este sentido a través del presente convenio se ponen las bases para una articulación y planificación conjunta da acción humanitaria estatal y autonómica.

Año: 
2017
Instrumento de financiación: 
Convenio Acción Humanitaria
Región: 
Sin identificar
Agentes: 
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MADRID
AECID - AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO
Código CRS: 
998 - Sin asignar / Sin especificar
Objetivos: 

General: Regular la colaboración de la AECID y las comunidades autónomas de Galicia, La Rioja, Madrid y Murcia en materia de acción humanitaria

Resultados y actividades: 

Líneas principales de intervención

1. Los aportes de las partes se destinarán a financiar la actuación de organismos multilaterales especializados en acción humanitaria para intervenciones en crisis, de acuerdo con los criterios de necesidad, pertinencia de las acciones propuestas, capacidad de intervención (acceso) de las agencias operadoras beneficiarias y nivel de cobertura financiera de los programas previstos para atender la estas crisis (sub-financiación). Las intervenciones elegibles vendrán establecidas por los llamamientos humanitarios internacionales emitidos por las Naciones Unidas y el Movimiento Internacional de la Cruz Roja, especialmente centrados en los sectores siguientes: Protección, Atención Sanitaria, Agua y Saneamiento y Seguridad Alimentaria.

2. Asimismo, dichos aportes podrán destinarse igualmente a financiar la actuación de organismos multilaterales especializados para intervenciones de emergencia de acuerdo con los criterios de necesidad, pertinencia de las acciones propuestas, capacidad de intervención (acceso) de las agencias operadoras beneficiarias que vendrán establecidas por los llamamientos antes citados y en los sectores previamente enunciados.

Ayudas: 

50.000,00 €